En dicho Decreto se publica “…. Disposición adicional única. Cuotas
de derechos pasivos y de las mutualidades de funcionarios en el mes de
diciembre de 2012….Excepcionalmente, en el mes de abril de 2013, la
cuantía mensual de la cuota de derechos pasivos y de la cotización a la
Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, al Instituto
Social de las Fuerzas Armadas y a la Mutualidad General Judicial, será
objeto de minoración en una cuantía equivalente al importe….”