4 abr 2013

La figura del procurador tiene los días contados en los tribunales

tribunal europeo justiciaPublicado en diariodealava.es La profesión de procurador se tambalea. La intervención necesaria del procurador en la mayoría de procedimientos judiciales podría tener los días contados, ya que Bruselas quiere terminar con esta figura al cuestionar la exclusividad de representación procesal de la Procura ante el Tribunal de la Unión Europea. El experto y autor de la demanda, Magí Ribas Alegret, afirma que la medida permitirá ahorrar más de 3.000 millones de euros anuales al ciudadano español.

Hasta el momento, las demandas y los demás escritos que tengamos que mandar a los juzgados tienen que ir encabezados con el nombre de un procurador, que es quien además los firma en nuestro nombre. Pero ese hábito procesal ha sido puesto contra las cuerdas por la UE.
Ribas Alegret, abogado especialista contra la corrupción, ha suscitado una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE ante la Audiencia Provincial de Tarragona, que está obligada a plantearla, para que se pronuncie acerca de la incompatibilidad entre la Directiva 2006/123/CE relativa a los servicios, vigente desde diciembre de 2009, y el Derecho español. “Dicha directiva suprime barreras de acceso y ejercicio a los prestadores de servicios. España la transpuso en su momento pero dejó de incorporar a su ordenamiento jurídico la actividad que desempeña el procurador”. “Cuando una directiva no es transpuesta dentro del plazo legal sus disposiciones incondicionadas y precisas son directamente invocables por los particulares. Así pues, he instado a la Sala la aplicación de los artículos 15 y 25 de la Directiva de Servicios, y solo en caso de duda, que eleve cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de Luxemburgo”, argumenta el letrado, para quien “los abogados españoles podrán representar a sus clientes ante los tribunales, tal y como sucede en casi todos los estados europeos”.
Y es que en España, a diferencia de otros países de nuestro entorno, el representante del cliente en juicio no es el abogado, sino el procurador. Son muy pocos y de escasa importancia los asuntos donde el demandante o denunciante puede asistir sin representación. Sus detractores argumentan que se limitan a presentar escritos y remitir notificaciones, una misión propia del abogado.
A juicio de Magí Ribas, y dadas las circunstancias, la Audiencia Provincial de Tarragona está obligada a someter la cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia europeo, por lo que es imposible que esta decisión se quede en papel mojado. Hay que tener además en cuenta que la Comisión Nacional de la Competencia (CNC), alta autoridad en la materia, reitera poner fin al monopolio de la representación de los procuradores y abrir la actividad a la abogacía. En primer lugar, la CNC exigió “revisar y reducir” la obligatoriedad de representación procesal a través de un procurador, contando con que dicha obligación “ya ha sido eliminada” y con “los avances telemáticos en las comunicaciones entre la Administración de Justicia y los usuarios”. “En el caso de la actividad de los procuradores, no se observa que existan motivos que justifiquen reservas frente a otros profesionales que desempeñan esa misma actividad”, explicó Competencia.
La figura del procurador ha sido tradicionalmente desconocida y por ello siempre cuestionada aunque podría estar próxima a desaparecer de la escena jurídica. En el mundo de la Justicia desarrolla una labor algo impopular y difícil de explicar al cliente, sobre todo, porque es él quien tiene que pagar sus honorarios. Es el profesional encargado de representar a los clientes y actuar en su nombre en lo que a gestiones se refiere. Sirve de conexión entre el tribunal correspondiente y las partes, abreviando los trámites de comunicación procesal (requerimientos, notificaciones, emplazamientos, citaciones). Tanto si encuentra errores técnicos, como si comunica cualquier acto a las partes, debe informar a los abogados, actuando de conexión entre ambos.
un anacronismo del sistema Aunque eliminar a todo un gremio parezca tarea harto complicada, Francia ha sentado precedente. “Con efectos 1 de enero de 2012, Francia terminó con la profesión de avoué, colectivo importante cuya única función era representar a los litigantes en la apelación. En primera instancia desapareció hace algunos años. Si la República francesa ha cumplido su parte del trato, el reino de España debe hacer lo propio”, subraya Ribas.
A juicio de este letrado, la intervención obligatoria de procurador constituye un denostado anacronismo del sistema judicial español, que carga al justiciable con un gravoso sobrecoste. “La supresión del procurador agilizaría los trámites y facilitaría el acceso a la Justicia, un hito que resultaría, sin duda, histórico”, explica.
Sin embargo, en opinión de Magí Ribas Alegret, “más importante aún es que esta medida permitirá avanzar en las recomendaciones del Consejo de Europa para combatir la corrupción judicial, considerado una prioridad porque debilita el Estado de Derecho y favorece la impunidad. Resulta inadmisible que ciertos procuradores hagan lobby en los juzgados”, denuncia Ribas. “Los abogados somos los primeros en exigir transparencia y decir basta a los seculares rincones opacos de la Justicia, lo contrario retarda la salida de la crisis y nos sitúa al borde del tercermundismo. Nuestro modelo deben ser los tribunales alemanes, no los congoleños”, sentencia.
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