La Instrucción número 3/2011 de 5 de septiembre, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, que desarrolla y pone en funcionamiento el Sistema de Inspección, y el modelo conceptual objetivo en que se sustenta, parten de una determinada estructura organizativa e institucional, necesaria para articular, desde el punto de vista orgánico, las funciones globales del Sistema de Inspección, y en particular la práctica y ejecución del ciclo de inspección.
Esta arquitectura institucional hace referencia a los roles y responsabilidades de los perfiles que intervienen en el Sistema de Inspección, y las relaciones internas generadas entre ellos en el ámbito de la función inspectora tanto sobre Secretarías de Gobierno como sobre los servicios responsabilidad de secretarios judiciales en la Administración de Justicia.
El ejercicio de las funciones implica la atribución de competencias específicas a los diferentes perfiles que forman parte de ella.Es importante destacar que el Sistema de Inspección, desde el punto de vista conceptual, no se corresponde con un órgano específico sino que se concibe como un conjunto de funciones que deben articularse en la organización para cumplir su misión y los fines que tiene asignados.
En primer lugar se presenta la visión de conjunto de la organización interna del Sistema de Inspección, mostrándose las principales responsabilidades de cada agente involucrado en el sistema, y las interrelaciones entre todos ellos.
En el esquema gráfico adjunto se muestran todos los agentes activos que forman parte del Sistema de Inspección diferenciando el nivel de actuación inspectora y/o directiva sobre el que desarrollan su contribución al Sistema de Inspección.
Los componentes del primer nivel del Sistema de Inspección, además de contribuir a las funciones inspectoras que le son propias (inspección a Secretarías de Gobierno y supervisión de las que éstas hagan a los servicios responsabilidad de secretarios judiciales de su ámbito competencial), tendrán responsabilidad sobre la dirección y coordinación del funcionamiento global del Sistema de Inspección.
Por su lado, la estructura organizativa mostrada para el segundo nivel de inspección del sistema se replicará por cada uno de los Secretarios de Gobierno que forman parte del Sistema de Inspección y por sus secretarios coordinadores provinciales en caso de encomienda de actuaciones inspectoras.
La información clave de los perfiles que forman parte del Sistema de Inspección se recoge en fichas descriptivas en las que constan las competencias más relevantes y sus relaciones internas con otros perfiles para garantizar su correcto funcionamiento, y alcanzar el cumplimiento de su objeto y alcance funcional.El Sistema de Inspección está conformado por la participación y contribución de diferentes perfiles multidisciplinares que compatibilizan su actividad con las competencias inspectoras y/o de dirección o coordinación atribuidas dentro del funcionamiento del propio Sistema.
Es importante reseñar que la información recogida en las fichas corresponde exclusivamente a su contribución como parte activa del Sistema de Inspección, y será compatible con otras atribuciones competenciales que el perfil tenga.
El contenido de las fichas descriptivas de los perfiles del Sistema de Inspección se organiza como se detalla a continuación: