La composición de la citada mesa es la siguiente:
La Administración emplazará en breve a las Organizaciones Sindicales para adecuar la negociación colectiva en éste ámbito y dar contenido a la citada Mesa General.
Los Departamentos y Organismos, en base a esta constitución de Mesa General de Negociación de Personal Funcionario, y tal como marca el propio EBEP (Art. 34.1), deberán adecuar la negociación de todo lo relativo al personal funcionario dentro de este ámbito de negociación, sin que se pueda excluir a ningún sindicato miembro de la Mesa.