14 mar 2014

La DXX reconoce las horas excedentes de 2013, compensadas en Enero de 2014

spj-uso-45asdf.pngDesde el pasado viernes 7 de marzo  en que la DXX puso en marcha nuevamente la bolsa de horas, SPJ-USO  denunció,  como ya sabéis por anteriores circulares, que la aplicación informática encargada de su gestión  NO FUNCIONABA, que era un auténtico desastre; no recogía los excesos de horas de los meses pasados ni las horas de 2013, que se habían compensado en enero de 2014, con lo que cualquier parecido del balance horario personal con la realidad era pura casualidad. Las reclamaciones escritas y presenciales ante semejante caos, han dado sus frutos y desde ayer, jueves 13 de marzo, la BOLSA DE HORAS, ya recoge los excesos de horas de los meses de enero, y febrero,  incluyendo las excedentes  que se habían compensado de 2013, a lo largo de enero de 2014,  tal y como los delegados de SPJ-USO, os habíamos informado en cada Juzgado de Galicia.

A pesar de ello, la DXX debe retomar las negociaciones a las que  se había comprometido, antes de dictar la Resolución de 12 de febrero de 2014 por la que se dictan las instrucciones de control horario, y en consecuencia, modificarla para recoger en ella los extremos  que en la pasada mesa sectorial se habían planteado como:
-         La concreción de un número de horas  por encima de las 22 h y media, que se podrían compensar con el horario flexible.
-         Días de libranza para los compañeros destinados en los servicios de notificaciones y embargos, por la práctica de diligencias fuera de jornada.
Por otra parte, tal y como ya hemos reclamado a la DXX, en fecha 11 de marzo, exigimos la supresión de otros extremos que ha incorporado unilateralmente y que no tienen más objeto que incrementar la excesiva burocracia o limitar arbitrariamente el ejercicio de derechos, tales como que los compañeros que estén de guardia deban tramitar una incidencia que recoja los servicios prestados fuera de la franja horaria general, o que el día de descanso tras la finalización de la guardia, se deba gozar antes de la siguiente guardia que corresponda al órgano judicial.
CIRCULAR RECONOCIMIENTO DE HORAS EXCEDENTES