
A pesar de ello, la DXX debe retomar las negociaciones a las que se había comprometido, antes de dictar la Resolución de 12 de febrero de 2014 por la que se dictan las instrucciones de control horario, y en consecuencia, modificarla para recoger en ella los extremos que en la pasada mesa sectorial se habían planteado como:
- La concreción de un número de horas por encima de las 22 h y media, que se podrían compensar con el horario flexible.
- Días de libranza para los compañeros destinados en los servicios de notificaciones y embargos, por la práctica de diligencias fuera de jornada.
Por otra parte, tal y como ya hemos reclamado a la DXX, en fecha 11 de marzo, exigimos la supresión de otros extremos que ha incorporado unilateralmente y que no tienen más objeto que incrementar la excesiva burocracia o limitar arbitrariamente el ejercicio de derechos, tales como que los compañeros que estén de guardia deban tramitar una incidencia que recoja los servicios prestados fuera de la franja horaria general, o que el día de descanso tras la finalización de la guardia, se deba gozar antes de la siguiente guardia que corresponda al órgano judicial.
CIRCULAR RECONOCIMIENTO DE HORAS EXCEDENTES