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El Tribunal Supremo ha cuestionado que fuese constitucional suprimir la
paga extra de los funcionarios al servicio de la Administración de
Justicia en el 2012, al considerar que se aplicó con carácter
retroactivo sobre una retribución que ya estaba «perfecta y devengada».
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha dictado un
auto en el que plantea una cuestión de inconstitucionalidad sobre la
Disposición Transitoria 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y
varios artículos del decreto 20/2012 que suprimió la paga de las
Navidades del 2012.
Como ya hiciera en abril, cuando elevó otra cuestión de
inconstitucionalidad sobre la supresión de la extra a los empleados
públicos, al estimar que pudo vulnerar la prohibición de retroactividad
de las leyes, el Supremo considera que en el caso de los funcionarios de
Justicia también concurre una «retroactividad auténtica contraria al
artículo 9.3 de la Constitución».
Para los magistrados, se trata de una medida con
efectos «retroactivos ablatorios de una retribución ya perfecta y
devengada», pues entró en vigor en vigor el 15 de julio del 2012, pero
no se debía ejecutar hasta que se modificase la LOPJ, cosa que no
ocurrió hasta el 29 de diciembre del mismo año.
Derechos consolidados
Así, consideran que se trata de derechos adquiridos de
los que los funcionarios no pueden ser privados por una regulación
legal, cuya constitucionalidad no cuestiona. Sin embargo, «llegó tarde» y
afectó a derechos ya nacidos y consolidados.
La paga de junio se corresponde con lo trabajado desde
el 1 de diciembre hasta el 31 de mayo, en tanto que la de diciembre se
devenga entre el 1 de junio y el 30 de noviembre. Por tanto, el decreto
ley que suprimió la extra de diciembre y que entró en vigor el 15 de
julio afectó a lo devengado entre el 1 de junio y el 14 de julio, fecha
hasta la que los funcionarios mantenían el derecho a percibir las dos
extra.
El Supremo no cuestiona la posibilidad de suprimir en
el futuro una paga extraordinaria, dadas las razones de interés público
de la Eurozona en el 2012, pero sí que se hiciera con carácter
retroactivo sobre una retribución devengada.
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