30 jun 2014

FEP-USO: Días asuntos propios y vacaciones por antigüedad

supremoComo todos sabéis últimamente han recaído una serie de Sentencias dictadas por Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Bilbao y del Ferrol, en las que se reconoce el derecho de los Funcionarios demandantes al disfrute de los días de Asuntos Propios y de Vacaciones “ya perfeccionados” establecidos en los Artículos 48 y 50 del EBEP y suprimidos por el RDL 20/2012 de 13 de Julio.

La primera Sentencia, o mejor dicho Sentencias, pues en realidad son un grupo de 5 Sentencias dictadas todas por el mismo Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Bilbao (Número 6) de forma consecutiva -el mismo día una detrás de otra- esta referida a la Policía Autónoma Vasca y viene a concluir que el RDL que entro en vigor el 15 de Julio de 2012, suprime los días que pudieran vencer a partir de esa fecha por el perfeccionamiento de nuevos trienios, pero declara que no debe de aplicarse a los días anteriores que ya estuvieran perfeccionados con anterioridad a su entrada en vigor. Existe otra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Ferrol, que en este mismo sentido Falla a favor de los Empleados Públicos sometidos a la Ley de la Función Pública de Galicia, pero que no tiene aplicación, de forma generalizada, al tema que nos ocupa.
Aunque estas Sentencias no pueden considerarse Jurisprudencia, y las mismas probablemente serán objeto de diferentes Recursos, desde la FEP-USO consideramos que abren una nueva expectativa en la posibilidad de recuperar uno de los tantos Derechos que han sido usurpados a los Empleados Públicos en los últimos años. Posibilidad que no podemos renunciar a explorar.
Por ello, desde la FEP-USO hemos diseñado una Campaña a desarrollar en todo el territorio Español, dirigida a todos los Afiliados a la USO, y extensiva a todos aquellos Empleados Públicos no afiliados que estén interesados en participar en la misma, cumpliendo unos requisitos.
A estos efectos en los próximos días, los delegados y delegadas de FEP-USO nos pondremos en contacto con todos nuestros afiliados, y con los compañeros que pudieran estar interesados en hacer esta reclamación con nosotros, para darles las instrucciones concretas y recoger la documentación que tenemos preparada al efecto.
Desde FEP-USO queremos advertir que sobre este tema están circulando informaciones contradictorias que pueden inducir a error, como por ejemplo, que en el procedimiento contencioso administrativo no se da condena en costas en Primera Instancia, lo cual evidentemente no es cierto. O que en tal o cual Organización van a asumir todos los gastos y costas del procedimiento, lo cual dudamos. Y luego vendrán las sorpresas…
Igualmente aclarar, que la presentación de una Reclamación Previa y su previsible desestimación abocaría al interesado a la iniciación de un Procedimiento Judicial, pues caso contrario se podría considerar “acto consentido” perdiendo así el reclamante la posibilidad de un posterior reconocimiento y/o extensión de este derecho.
Por lo que recomendamos no precipitarse a la hora de presentar alguno de los modelos de Reclamaciones que están circulando por diferentes foros.
Tenemos tiempo suficiente para presentar las reclamaciones dentro de una estrategia adecuadamente definida y diseñada que garantice en la medida de lo posible el resultado pretendido y reduzca al máximo los posibles costes que de estas actuaciones pudieran derivarse.
Además de la tramitación de reclamaciones y demandas individuales, por parte de FEP-USO se ha dirigido escrito al Sr. Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, instándole la recuperación de los referidos días de Asuntos Propios y de Vacaciones por antigüedad, para todos los empleados y empleadas públicos.