11 ene 2017

RECUPERACIÓN PAGA EXTRAORDINARIA Y ADICIONAL 2012. COMUNIDAD DE MADRID

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El Consejo de Gobierno, en la sesión celebrada el 24 de noviembre de 2015, acordó abonar al personal del sector público  EL CUARTO TRAMO DE LA PAGA EXTRAORDINARIA Y ADICIONAL 2012. EL ABONO SE PREVÉ PARA ESTE MES DE ENERO.
SE ADOPTAN LOS SIGUIENTES  CRITERIOS:
ABONO AUTOMÁTICO EN NÓMINA
  • Empleados que mantengan la misma relación de empleo/servicios con la Comunidad de Madrid tanto en la nómina de enero de 2016 como en la de diciembre de 2012.
  • Empleados que hayan participado en promociones de personal laboral (en este caso se mantiene la misma relación laboral), los concursos de méritos/ libre designación, traslados y demás circunstancias de movilidad, dentro del mismo nombramiento/contrato, están incluidos en el proceso automático, siempre que las nóminas de origen y destino se gestionen a través del sistema informático SIRIUS. En caso contrario, necesitará solicitud previa.
ABONO PREVIA SOLICITUD  (formulario-reclamación-paga-extra)
  • Empleados que hayan cesado/finalizado la relación laboral/servicios o se encuentren en situación de excedencia. La percepción de dicho abono requerirá solicitud previa del interesado o de sus herederos legales al Centro Gestor al que le hubiera correspondido abonar la paga en diciembre de 2012. Quedan incluidos en el presente apartado los siguientes:
 – Empleados públicos que desde esa fecha (diciembre de 2012) hayan concursado a otra Administración.
– Empleados que hayan promocionado como funcionario  o estatutario (Procesos de Promoción Interna o Estatutarización).
– Empleados que hayan finalizado la relación de servicio (aunque con posterioridad a esa fecha, con o sin solución de continuidad, hayan podido iniciar una o varias relaciones de empleo con la Comunidad de Madrid).
– Jubilados
– Fallecidos
Para cualquier información adicional dirigirse a la unidad de personal de la Consejería, Organismo Autónomo o Ente donde prestó sus servicios.