13 jun 2014

El Gobierno aprueba el registro de nacimientos y defunciones en el hospital

registro civil_thumb[3]El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro  de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha aprobado hoy el Proyecto de Ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración  de Justicia y del Registro Civil por el que, por un lado, se incorporan las subastas judiciales al portal único de subastas electrónicas del Boletín Oficial del Estado y, por otro, se permitirá la tramitación electrónica de los nacimientos y defunciones desde los centros sanitarios, lo que evitará que los progenitores tengan que desplazarse para inscribir al recién nacido.

El proyecto –que reforma la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley 20/2011,  de 21 de julio, del Registro Civil, para cumplir las recomendaciones de la  Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA)— ha  incorporado algunas mejoras técnicas sobre el anteproyecto aprobado  por el Consejo de Ministros de 4 de octubre de 2013, a partir de los  informes elaborados por los órganos consultivos.
El texto que ahora empezará su tramitación parlamentaria simplifica el  procedimiento para participar en subastas. Los ciudadanos podrán acceder a todo tipo de pujas de bienes muebles e inmuebles que se produzca en cualquier lugar del Estado solo con darse de alta en el Portal de Electrónico de Subastas del Boletín Oficial del Estado cualquier día del año.
Con ello se ahorrará en costes y se logrará una mayor transparencia en  todo el proceso necesario para realizar una subasta pública. Además, se  multiplicará la publicidad de los procesos y se podrá facilitar información  casi ilimitada tanto de la subasta como del bien ofertado, lo que facilitará  su venta a un precio superior. Se podrá participar en ella casi en cualquier momento y desde cualquier lugar.
La seguridad jurídica del procedimiento estará garantizada con una  identificación inequívoca de todos los que intervienen, mediante la firma  electrónica o firma con sistema de claves previamente concertadas. El
sistema, del que será responsable un secretario judicial, garantizará un  certificado electrónico de todas y cada una de las transacciones.
Inscripción de recién nacidos
El proyecto también prevé que la inscripción de los recién nacidos se  realice directamente en los centros sanitarios, sin necesidad de que los  padres se desplacen físicamente al Registro Civil. Para la inscripción de
los bebés, los padres, asistidos por los facultativos que hayan asistido al  parto, firmarán el formulario oficial de declaración al que se incorporará el  acreditativo del nacimiento y que será remitido al Registro Civil desde el  propio hospital. En el caso de que no se pudiera realizar la inscripción por  este sistema de ventanilla única, la ley prevé que se pueda realizar por el  método tradicional en los días siguientes o, en su defecto, a través de un  expediente registral.
Las defunciones también se inscribirán en el Registro Civil.La certificación médica expresará la existencia o no de indicios de muerte  violenta o de cualquier otro motivo por el que no deba expedirse la  licencia de enterramiento o incineración.
VER PROYECTO DE LEY