3 mar 2015

UNA DE CAL…… Y VARIAS DE ARENA. Menos derechos y una nueva privatización

spjgalicia2LAS CLAVES DE LAS RECIENTES REFORMAS JUDICIALES APROBADAS EN EL CONSEJO DE MINISTROS DE 27-2-2015.
El consejo de ministros del 27 de febrero de 2015, aprueba el proyecto de reforma de la LOPJ  y de la LECivil, así como un RD-Ley que modifica parcialmente la ley 10/2012, de 20 de noviembre, de tasas judiciales, eliminando las que introdujo para las personas físicas.

SPJ-USO GALICIA DENUNCIA:
            1.- Nos oponemos frontalmente a una nueva privatización encubierta que pretenden hacer los Sres. Rajoy y Catalá, manteniendo la privatización de los  actos de comunicación a las demás partes, testigos y peritos, los cuales entregan a los procuradores y que en la actualidad son competencia del cuerpo de Auxilio Judicial.
Desde este sindicato no nos tragamos la disculpa de “agilizar los trámites procesales”.
            2.- Más que “de arena”, INDIGNANTE:  Pondremos todos los medios a nuestro alcance para impedir la modificación del artículo 490 de la LOPJ, el cual pretenden modificar en el sentido de reducir a un 30 % (y no un 50%) la reserva de plazas para promoción interna.
            3.- Nos oponemos a que en la  reforma de la LOPJ se fomenten y primen principalmente las sustituciones entre Secretarios Judiciales (ahora denominados Letrados de la Administración de Justicia), y que sólo de forma excepcional se permitan las sustituciones de éstos por funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal, suponiendo este un cruel ataque a los derechos de los funcionarios de gestión.
                                                                                                                        Ley Orgánica del Poder Judicial
El principal objetivo de la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial es, en opinión del ministro, “reducir los tiempos de respuesta de los órganos judiciales”. Partiendo de que el reparto de cargas no es homogéneo en todo el territorio nacional, esta medida permitirá que se distribuyan los asuntos entre juzgados limítrofes.
El ministro también ha señalado que ante asuntos de especial complejidad, como el caso de las preferentes, determinados juzgados se podrán especializar de forma temporal en ellos.
Los secretarios judiciales podrán hacer sustituciones de plazas vacantes en los juzgados cuando la carga de trabajo lo permita para evitar así el nombramiento de interinos.
Catalá ha informado de que los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses integrarán también a psicólogos y trabajadores sociales.
Para mejorar la violencia de género, el proyecto de ley amplía las competencias del juez de violencia sobre la mujer y refuerza las  unidades de valoración forense.
Ley de Enjuiciamiento Civil
Rafael Catalá ha subrayado que el texto pretende “promover como objetivo estratégico del Gobierno el uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en el ámbito de la Justicia”. En este sentido, a partir del 1 de enero de 2016, tanto los profesionales como los órganos judiciales estarán obligados a comunicarse sólo mediante medios telemáticos.
El ministro ha aclarado que los particulares podrán seguir presentando papeles en los juzgados, que serán escaneados e incorporados a su expediente digital.
El texto modifica la regulación del juicio verbal al introducir la figura de la contestación escrita a la demanda.
Por otra parte, la norma atribuye a los procuradores la realización de todos los actos de comunicación al resto de partes, testigos, peritos y otras personas que, sin ser parte en el juicio, deban participar en él, con el fin de agilizar los trámites procesales y reducir la carga de trabajo de los órganos judiciales. Se elimina la necesidad de contar con dos testigos para que la notificación sea válida.
En relación con el procedimiento monitorio, los jueces verificarán si existen cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores o usuarios.
Exención de tasas judiciales:
El Gobierno ha aprobado un Real Decreto-Ley por el que las personas físicas quedarán exentas del pago de tasas judiciales en todas las instancias jurisdiccionales y en todos los órdenes.
La entrada en vigor de la norma es inmediata.
El lado negativo de esta reforma de las tasas judiciales, es que los autónomos y pequeños empresarios seguirán viendo dificultado su acceso a la justicia por las tasas judiciales.
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